Ordenan el cese de una cuota alimentaria que un padre pagaba a hijos de 27, 37 y 26 años

Ordenan el cese de una cuota alimentaria que un padre pagaba a hijos de 27, 37 y 26 años

Un fallo dispuso el fin de una cuota alimentaria que un hombre —jubilado de la Policía Federal— abonaba desde hacía años a sus tres hijos, todos adultos. La jueza consideró que la obligación había cesado “ipso iure”, es decir, por el solo efecto de la ley.

Una sentencia judicial ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 27, 37 y 26 años. La decisión se tomó tras un pedido formal del progenitor, que solicitó dar por finalizada la obligación al considerar que la mayoría de edad y la autonomía alcanzada por los hijos volvían improcedente la continuidad del régimen.

El hombre, recientemente jubilado como policía federal, presentó su solicitud en noviembre y adjuntó las partidas de nacimiento correspondientes. La jueza de Viedma que intervino en la causa verificó que los tres hijos superaban ampliamente la edad legal establecida para la vigencia de la obligación alimentaria.

En la resolución, se remarca que “habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto”, en línea con lo previsto por los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial. La expresión latina ipso iure significa “por el propio derecho”, y en estos casos se utiliza para indicar que la obligación termina automáticamente cuando se alcanza la mayoría de edad, sin necesidad de un dictamen previo, salvo que existan situaciones especiales que deban ser demostradas.

La normativa actual establece que el cese de la cuota no opera automáticamente, sino que requiere un pedido expreso de quien aporta los alimentos, tal como ocurrió en este expediente.

Finalmente, el tribunal hizo lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona autorizada a percibirla y enviar oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para dejar sin efecto la retención. (ANB)

FA24