MENDOZA: En qué casos la policía, vigiladores y preventores podrán usar las pistolas Taser

Luego de que se avanzara en varios frentes para dotar de estas armas de baja letalidad a las distintas fuerzas de seguridad; cabe la pregunta de cuándo pueden ser utilizados este tipo de dispositivos.

Por Cecilia Zabala

La semana que pasó, el Gobierno de la provincia de Mendoza avanzó con más medidas para dotar a las fuerzas de seguridad de distintos tipos de armas no letales, como las pistolas Taser. Además de reglamentar la ley para que vigiladores puedan usar este tipo de dispositivos inmovilizantes; presentó un proyecto de ley para que los cuerpos de seguridad ciudadana de los municipios puedan sumarlos. En qué casos la Policía, los vigiladores y los preventores pueden usar este tipo de armas de electrochoque.

Estas medidas dispuestas por el Gobierno se suman a una compra millonaria que realizó para equipar a la Policía de Mendoza con Taser. Entre las ventajas que destacaron desde el Ejecutivo, está que «las nuevas pistolas permiten registrar detalles en tiempo real sobre la aplicación que los efectivos hagan de las mismas, cómo por ejemplo, el horario exacto en el que se pueda efectivizar un disparo».

Ahora buscan que los Preventores municipales también puedan usar pistolas Taser
El Gobierno de Mendoza autorizó a los vigiladores privados a usar pistolas Taser.

Mendoza autorizó a los vigiladores privados a usar pistolas Taser

Respecto al protocolo de actuación tanto para las fuerzas de seguridad provinciales, como vigiladores privados y preventores -en el caso de que se apruebe el proyecto de ley-, la ministra de Seguridad Mercedes Rus explicó: «Vamos a sacar actualizaciones, una es para personal de seguridad, otra es para distintas fuerzas».

En las bases de las líneas de actuación «están especificados los criterios proporcionalidad, racionalidad, agresión previa, las situaciones, la advertencia previa, las alertas que da el oficial y las que el mismo dispositivo permite», destacó Rus al presentar el proyecto de ley en la Legislatura.

Además, aclaró que «el principio es restrictivo respecto al uso», es decir si se puede evitar su uso, se evita.

Esto se da en paralelo los con los conceptos vertidos por la propia ministra de Seguridad de la Nación, cuando anunció la incorporación de estos elementos por parte de las fuerzas federales: “Se utilizará en situaciones de violencia, robos o abusos sexuales”, indicó la ministra.

En qué casos se podrán utilizar las pistolas Taser en Mendoza

De acuerdo a las líneas trazadas por la ministra Bullrich «se prevé que las armas podrán ser utilizadas en situaciones de peligro inminente de muerte del propio agente o de ciudadanos frente a un ataque, para impedir la comisión de un delito cuando es particularmente grave, cuando un delincuente ponga resistencia a la autoridad o para impedir que se fugue».

“Las armas las van a poder utilizar en las situaciones en las que resulte imposible la utilización de otros medios. Esto es siempre así, hay un concepto de la progresividad. Si se puede no utilizar el arma no se lo utiliza”, destacó Bullrich.

“El uso de las armas se da cuando hay un peligro inminente de muerte del propio agente o de ciudadanos que están en peligro frente a un ataque de criminales, de delincuentes, de mafiosos, de narcotraficantes”.

“Para impedir un delito grave que ponga en riesgo la integridad física de las personas. Para detener a un delincuente cuando ponga resistencia a la autoridad o para impedir que se fugue”

“Esto es muy importante porque siempre se plantea que el delito termina en el momento en el que el delincuente se fuga. El código penal es claro que la acción le obliga a las fuerzas de seguridad a impedir la fuga de los delincuentes porque implica que el peligro a la sociedad sigue latente si el delincuente en uso de armas de fuego se escapa. Este es un concepto que se ha utilizado mal durante muchos años”.

“Los agentes deberán siempre identificarse como tales, dando la voz de alto pero hay una excepción que hay que entenderla. La excepción es que hay momentos en que, si el agente se da a conocer, pone en riesgo su vida o la de terceros”.

Fuente: Sitio Andino

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