Mendoza avanza con seguridad privada armada y regulación estricta

El gobierno de Mendoza, a través del Decreto 264, reglamentó la Ley 9578, estableciendo un nuevo marco normativo para la seguridad privada en la provincia. La medida habilita a los trabajadores del sector a utilizar armas de “baja letalidad”, como las pistolas Taser, y establece mayores controles sobre empresas y vigiladores. Mientras el gobierno defiende la iniciativa como un avance en la seguridad, crecen los interrogantes sobre su impacto y el rol de las fuerzas públicas.

Por Alberto Martínez

El gobierno de Mendoza, liderado por Alfredo Cornejo, oficializó este miércoles la reglamentación de la Ley 9578, que establece un marco normativo para la seguridad privada en la provincia. La medida, impulsada por el Ministerio de Seguridad y Justicia, busca regular la actividad del sector, aumentar los controles y formalizar la utilización de armas disuasivas, entre ellas, pistolas Taser, bastones y gas pimienta.

El decreto establece la creación de un Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada bajo la nueva Dirección de Seguridad Privada (DI.SE.P.), que reemplazará a la actual Dirección REPRIV. Este organismo será el encargado de fiscalizar y regular a las empresas del sector, garantizando estándares de calidad y el cumplimiento normativo.

La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, aseguró que la reglamentación de la ley es “un paso clave para fortalecer la seguridad en Mendoza y promover la articulación entre el sector público y privado”. Sin embargo, la medida abre el debate sobre la coexistencia entre la seguridad privada y las fuerzas policiales, así como los límites en el uso de armas dentro del ámbito civil.

Capacitación y nuevos controles

Uno de los aspectos centrales de la reglamentación es la capacitación obligatoria del personal de seguridad privada. Según la normativa, los vigiladores deberán recibir formación en técnicas operativas, normativas legales y manejo de situaciones de riesgo en instituciones habilitadas.

Además, el decreto establece criterios específicos para la utilización de armas disuasivas de baja letalidad, como las Taser, bastones y spray de pimienta, mientras que las armas de fuego seguirán restringidas a empresas habilitadas bajo los estrictos requisitos de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).

Las empresas que presten servicio deberán acreditar seguros de responsabilidad civil, contar con directores técnicos habilitados si superan los cinco vigiladores y someterse a inspecciones periódicas. También se impone un límite: ninguna firma podrá contar con más de 30 vigiladores sin contratar una empresa de seguridad privada externa.

Un marco más estricto y sanciones severas

El nuevo decreto también regula la identificación del personal mediante credenciales de diferentes colores, uniformes específicos para distintas temporadas y situaciones, y la rotulación obligatoria de los vehículos de seguridad, que deberán llevar la inscripción “SEGURIDAD PRIVADA” y utilizar balizas blancas para su identificación.

El incumplimiento de estas disposiciones traerá multas económicas, inhabilitaciones temporales o definitivas para las empresas que operen fuera del marco legal. La Autoridad de Aplicación podrá realizar inspecciones y auditar el cumplimiento de las normas establecidas en la ley.

Además, la normativa incluye un control psico-físico obligatorio para los trabajadores del sector, quienes deberán acreditar su aptitud periódicamente y actualizar su credencial cada dos años.

¿Privatización de la seguridad? El debate está abierto

La decisión del gobierno mendocino abre un fuerte debate sobre el rol de la seguridad privada y su relación con las fuerzas policiales. Desde el Ejecutivo provincial insisten en que la medida busca complementar el trabajo de la Policía y fortalecer la prevención, pero algunos sectores advierten sobre los riesgos de delegar funciones en el ámbito privado.

Uno de los principales interrogantes es el impacto que esta reforma puede tener en la seguridad pública y en las condiciones de trabajo de la Policía de Mendoza, que históricamente ha reclamado mejores salarios, recursos y condiciones laborales.

Para los trabajadores policiales, esta medida podría derivar en una disminución de los recursos destinados a la fuerza pública, al tiempo que habilita a agentes privados a portar armas disuasivas sin la misma formación y controles que los efectivos de la Policía de Mendoza.

También preocupa la posibilidad de que la seguridad privada sustituya gradualmente a la presencia policial en ciertos espacios, generando una desigualdad en la protección según el acceso económico de cada sector de la sociedad.

La reglamentación de la Ley 9578 marca un cambio significativo en el modelo de seguridad de Mendoza, incorporando mayores controles sobre la seguridad privada y autorizando el uso de armas disuasivas. Mientras el gobierno lo presenta como un avance en la prevención del delito, el debate sigue abierto: ¿Es este el camino correcto o se está delegando en privados una función que debe garantizar el Estado?

EL DECRETO

Provincia de Mendoza Decret… by Apropol Noticias

 

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