CABA: Nueva «Marcha de los Jubilados» con observadores judiciales

El próximo operativo policial de mañana miércoles será objeto de escrutinio judicial debido a denuncias de represión y vulneración de derechos constitucionales.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentó una acción de amparo colectivo solicitando la suspensión del «Protocolo Antipiquetes» (Resolución 943/23), argumentando que vulnera derechos consagrados en los artículos 14, 14 bis, 19, 28, 75 inciso 12 e inciso 22 de la Constitución Nacional, así como en los artículos 7.2, 13, 15 y 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Aunque el juez Martín Cormick rechazó la medida cautelar, manifestó su preocupación por los hechos ocurridos el 12 de marzo y anunció que observará personalmente con atención la próxima movilización convocada para este miércoles. ​

Paralelamente, la Red Federal de Derechos Humanos presentó un habeas corpus ante el Juzgado Criminal y Correccional N° 7, solicitando medidas preventivas para garantizar la integridad de los manifestantes en la próxima protesta. Además, requirieron a la jueza federal María Servini la preservación de pruebas relacionadas con la represión del 12 de marzo, incluyendo registros de cámaras de seguridad y geolocalizaciones. ​

¿Que establece el «Protocolo Antipiquetes»?

La Resolución 943/2023, emitida por el Ministerio de Seguridad de la Nación el 14 de diciembre de 2023, establece el «Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación», conocido como «Protocolo Antipiquetes». ​

Objetivo principal:

Regular la intervención de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales frente a impedimentos al tránsito, como cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación bajo jurisdicción federal. ​

Puntos destacados del protocolo:

Intervención sin orden judicial: Las fuerzas pueden actuar sin necesidad de una orden judicial previa, considerando estos actos como delitos flagrantes según el artículo 194 del Código Penal. ​

Uso de la fuerza: Se estipula el empleo de la mínima fuerza necesaria, priorizando la seguridad de niños, mujeres embarazadas y ancianos, y utilizando armas no letales. ​

Identificación de responsables: Se ordena identificar a autores, cómplices e instigadores mediante filmaciones y otros medios, registrando datos de líderes y organizaciones vinculadas. ​

Acciones legales y resarcimiento: El Ministerio de Seguridad puede demandar judicialmente a las organizaciones y personas responsables por los costos de los operativos necesarios para cesar los actos ilegítimos. ​

Controversias y acciones legales:

Este protocolo ha generado un debate en la sociedad argentina sobre el equilibrio entre el mantenimiento del orden público y el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Para el personal policial, la aplicación de este protocolo supone un desafío adicional, ya que demanda operativos rápidos y efectivos que garantice por un lado el ejercicio del derecho a expresión, protesta, etc pero de ninguna manera impedirlo, pero también expone a los agentes a posibles denuncias y cuestionamientos judiciales. Es clave que el Estado brinde respaldo legal y protección a los trabajadores de seguridad, garantizando condiciones adecuadas para ejercer su labor sin vulnerar sus derechos. La profesionalización y el respeto a los derechos laborales de los policías son esenciales para mejorar el servicio de seguridad pública.

FA24

 

 


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