Caso Álvarez – Puntano: cuando la sospecha pesa más que las pruebas

Caso Álvarez – Puntano: cuando la sospecha pesa más que las pruebas

Dos policías siguen presos pese a ADN negativo, hoja de ruta, GPS y cámaras. ¿Justicia o castigo anticipado?

Por Alberto Martínez (*)

El caso de Lautaro Álvarez y Ezequiel Puntano expone una grieta preocupante en el sistema: prisión preventiva sostenida casi exclusivamente en el relato de la víctima —menor de edad— frente a indicios objetivos que, al menos, siembran duda razonable: ADN negativo para ambos, coincidencia de ADN con el novio de la joven, hoja de ruta firmada por la madre, recorrido de GPS del móvil y filmaciones municipales. Aun así, la Fiscalía insiste en un lapso de “4 a 12 minutos” para consumar el hecho dentro del patrullero. La pregunta es simple y antigua: ¿basta la posibilidad teórica para encarcelar durante años a trabajadores sin condena?

Lo que hay en el expediente (según la defensa y la familia)

  • ADN: negativo para Álvarez y Puntano; positivo para el novio de la menor.

  • Pericia ginecológica/Cámara Gesell: sin signos de violación traumática; la joven ratifica su versión.

  • Actuación de servicio documentada: hoja de ruta con entrega en domicilio y firma materna.

  • Rastreo objetivo: GPS del móvil y cámaras de la Municipalidad que ubican tiempos y trayectos.

  • Estructura acusatoria: 23 testigos incorporados tardíamente por la Fiscalía.

  • Situación procesal: prisión preventiva prorrogada; se menciona el objetivo de llegar a juicio antes de diciembre.

Dato clave: En Santa Fe, la prisión preventiva puede extenderse hasta 2 años. No es una pena, pero en los hechos funciona como tal cuando el proceso se estira.

El núcleo del desacuerdo

  1. Peso del testimonio de la víctima vs. prueba física
    En delitos sexuales, sobre todo con menores, la jurisprudencia jerarquiza la palabra de la víctima si resulta verosímil. La defensa replica que, balanceada con ADN, GPS y documental, no alcanza para mantener a dos agentes presos un año y medio (o más).

  2. La “ventana de 4–12 minutos”
    La Fiscalía sostiene que habría existido tiempo material para cometer el hecho dentro del móvil. La defensa contesta: conductor con chaleco, habitáculo, tránsito de servicio, regreso a firmar planilla… el escenario es físicamente inverosímil.

  3. Selectividad probatoria
    Cuando todo lo objetivo no coincide con la hipótesis fiscal (ADN, ruta, cámaras), se desacredita por “no ser concluyente”. Pero un testimonio —sin apoyatura física coherente— sí sería suficiente para sostener la cautelar. Doble vara.

Lo que está en juego (más allá de este caso)

  • Debido proceso y presunción de inocencia. La preventiva es excepcional; su uso como respuesta política a la presión mediática deforma el sistema.

  • Salud mental y tejido institucional. Un agente preso sin condena se quiebra; una policía que siente que “nadie la defiende” se desordena.

  • Confianza pública. O investigamos con seriedad y control, o convertimos la justicia en protocolo de sospecha permanente.

Lo razonable ahora

  • Audiencia de revisión con foco en riesgos procesales reales (no presunciones abstractas).

  • Peritaje integral de tiempos y habitáculo del móvil (reconstrucción físico-espacial).

  • Cruce forense ampliado: telefonía, geolocalización, cronología fina 911/GPS/cámaras.

  • Medidas menos gravosas (dispositivos de control, caución, suspensión de funciones) hasta juicio.

  • Calendario cierto de debate: si la Fiscalía “está en condiciones”, fecha firme, y a litigar con todo a la vista.

Preguntas que la Fiscalía debe responder (en serio, y por escrito)

  1. Si el ADN es negativo para los imputados y positivo para el novio, ¿cuál es la teoría del caso que explica esa discordancia?

  2. ¿Cómo se supera la hoja de ruta firmada por la madre con tiempos que encajan con el GPS?

  3. ¿Qué validez y origen tienen los 23 testigos recientes? ¿Qué vieron exactamente, dónde y cuándo?

  4. ¿Puede un conductor con chaleco pasar delantero a trasero en minutos y consumar un abuso en un patrullero sin asilamiento, sin dejar rastro ni en ropa ni en telefonía?

  5. Si la respuesta honesta es “no lo sabemos”, ¿por qué mantener la prisión y no optar por medidas sustitutivas?

Ni impunidad ni linchamiento

Acompañamos a la víctima en su derecho a ser oída y a obtener verdad y reparación. Y defendemos a los trabajadores policiales en su derecho a un proceso justo. Las dos cosas a la vez.

Pero sospecha no es prueba. Y posibilidad no es certeza moral. Si la prueba objetiva no acompaña, la cárcel preventiva se parece demasiado a castigo anticipado. Eso no es justicia; es política del miedo.

Fuentes y coberturas previas

Si hay duda razonable, no hay preventiva perpetua: juicio pronto o libertad con control. El Estado de Derecho no se defiende con atajos. Se defiende con pruebas. Y con coraje para sostenerlas.

La sospecha permanente

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(*) Periodista. Licenciado en Seguridad Pública y Ciudadana. Ex oficial de la policía de Santa Fe, Especialista en seguridad y derechos laborales de los trabajadores policiales y penitenciarios.

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